Aunque mi denuncia de la semana pasada en torno al caso Cristina
Rosas Illescas salió a la luz pública cuando mi
pronóstico era ya un hecho consumado y publicitado por
los medios informativos del estado de Querétaro (esto
porque escribo siempre con fecha adelantada dado el carácter
semanario de mi colaboración), de todos modos logró
su propósito de dejar claro que la información
que di y la conclusión que saqué de la misma eran
absolutamente ciertas y objetivas, es decir, que el juez octavo
de primera instancia, José Antonio Ortega Cerbón,
es un juez al servicio del gobernador Garrido Patrón
y no de la justicia, y que la prisión de Cristina es
una burda y criminal persecución política para
acallar su voz y amedrentar a quienes quieran seguir su ejemplo.
Quiero informar, de todos modos, ciertos detalles reveladores
de la conducta del juez mencionado y poner de relieve cómo
“dio cumplimiento” a la resolución del Segundo
Tribunal Colegiado de Circuito que cité textualmente
en mi artículo anterior.
....El juez Ortega Cerbón
siempre le estuvo negando a la defensa el acceso al auto del
Segundo Tribunal de Circuito con el argumento de que no había
llegado a sus manos. Cuando finalmente lo entregó, fue
junto con la notificación de que lo había recibido
el día anterior (jueves 13 de septiembre), que ya lo
había estudiado y que ya tenía formulada su resolución,
que era negativa por supuesto. Pero la defensa pudo constatar
que el material había llegado apenas aquella misma mañana
(viernes 14), por lo que resultó evidente que no había
habido tiempo suficiente para estudiarlo y mucho menos para
meditar y redactar una negativa. De ello se desprende con toda
claridad que la decisión de mantener a Cristina en la
cárcel, tal como lo denuncié en mi artículo
anterior, estaba tomada con toda anticipación, sin tomar
en cuenta para nada los argumentos del Segundo Tribunal Colegiado.
....El auto, como dije la semana
pasada, ordena al juez de Primera instancia apoyarse en argumentos
totalmente distintos a los empleados en su primera resolución,
en caso de persistir en su negativa, ya que éstos resultaban
notoriamente “incorrectos”, o, en su caso, ordenar
la libertad inmediata de la indiciada. Pero resulta que el Presidente
del Tribunal Superior de Justicia del Estado, que en estricto
derecho no tiene ya nada que ver en el caso, dijo a un periodista
saber y estar seguro de que habría una segunda resolución
negativa, aunque ahora mejor fundada que la anterior con argumentos
sólidos y mejor calibrados. Y uno se pregunta: si tales
argumentos existían y obraban ya en poder del juez desde
su primera resolución, ¿por qué no los
empleó en el primer momento? ¿Por qué usó
“argumentos” que tanto el juez Tercero de Distrito
como el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito hallaron “incorrectos”
e insuficientes para fundar su negativa? La respuesta es obvia:
porque tales pruebas nunca han existido; porque los argumentos
“mejores” y “mejor fundados” son un
puro invento del juez Ortega Cerbón, que se los sacó
de la manga para dar satisfacción a quienes realmente
toman las decisiones en el caso Cristina: el gobernador Garrido
Patrón y el secretario de gobierno Alfredo Botello Montes.
....El argumento “nuevo”
es que Cristina “amenazó de muerte” a sus
acusadores. ¿Cómo lo demuestra el señor
juez? Pues citando el testimonio de los acusadores, o, lo que
es lo mismo, mediante el siguiente círculo vicioso: Para
demostrar que Cristina realmente amenazó de muerte a
sus opositores, se aduce como prueba, precisamente, la acusación
que se trata de probar. ¡Viva la impecable lógica
del señor juez! Pero hay más. Intuyendo lo deleznable
de su razonamiento, el juez recurre al argumento “psicológico”,
es decir, subjetivo que se le ordena desechar. Las amenazas
son creíbles, dice, porque Cristina es una persona “con
aspiración intelectual alta (¡Sic! Todas las variaciones
del fascismo tienen en común su odio y su miedo a la
inteligencia humana) que tiende a la impulsividad” (¿?¡!);
porque presenta “hipersensibilidad a la opinión
social” (¿a qué le llamará “opinión
social” el juez?); porque es “renuente y con limitada
tolerancia a ser cuestionada”; porque presenta un “limitado
nivel de juicio heterocrítico en el abordaje y percepción
de situaciones de la vida diaria”, y muchas perlas más
por el estilo. Además, es “un peligro, tanto para
la colectividad (?¡), como para los ofendidos indirectamente
de la causa”, porque es dirigente de Antorcha Campesina
y actúa bajo el amparo y la línea de esa organización,
o sea que salen sobrando las pruebas sobre el carácter
político de su encarcelamiento. En resumen, pues, el
juez octavo incumple flagrantemente la resolución del
Segundo Tribunal Colegiado de Circuito, razón suficiente
para ser desechada por segunda vez.
....Graves sabotajes a PEMEX tuvieron
lugar en días recientes; y sus autores han dicho con
toda claridad que es una manera, la única que les queda,
de exigir y obtener justicia por la “desaparición”
de dos de sus líderes históricos. O sea que la
violencia tiene su origen en la violación flagrante del
Estado de Derecho por parte de los encargados de su custodia
y aplicación. El Presidente Calderón ha pedido
a los ciudadanos todos que condenemos el terrorismo como vía
para obtener satisfacción a las demandas sociales, pero,
curiosamente, no dice nada sobre quienes, con su actitud ilegal,
soberbia y prepotente, alientan este tipo de respuestas desesperadas.
¿Es mucho, acaso, que la gente reaccione así cuando
encuentra que los caminos de la legalidad están cerrados
para ella? ¿Y no es ese, precisamente, el caso de Cristina?
Si el presidente de la República quiere erradicar el
mal de raíz, debe comenzar por eliminar sus causas y
meter en cintura a los dictadorzuelos como Garrido Patrón.
De lo contrario, los llamados a condenar la violencia se convierten
en un intento por aplicarnos a todos la ley del embudo.
* Colaboraciones
anteriores